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CAMBIAN LAS REGLAS PARA EL USO DE EFECTIVO EN URUGUAY: ESTOS SON LOS NUEVOS LÍMITES Y LAS MULTAS

Oct 7, 2026
CAMBIAN LAS REGLAS PARA EL USO DE EFECTIVO EN URUGUAY: ESTOS SON LOS NUEVOS LÍMITES Y LAS MULTAS

El uso de dinero en efectivo en Uruguay tendrá nuevas reglas. El Poder Ejecutivo reglamentó los límites establecidos por la Ley N.º 20.469, fijando los montos máximos que podrán utilizarse en efectivo en determinadas operaciones.

La modificación establece topes concretos y, además, impide que una misma operación sea fragmentada en varios pagos con el objetivo de esquivar los límites.

¿CUÁNTO SE PODRÁ PAGAR EN EFECTIVO?

De acuerdo con la nueva reglamentación, en una operación se podrá utilizar efectivo hasta un máximo de 200.000 Unidades Indexadas (UI).

A valores de octubre, ese monto equivale aproximadamente a $1.330.000, o unos US$33.173.

Existe además otra posibilidad: se podrá pagar en efectivo hasta el 5% del valor total de la operación, siempre que ese importe no supere las 450.000 UI, equivalentes aproximadamente a $2.992.500 o US$74.640.

El monto que exceda los límites establecidos deberá abonarse mediante otros mecanismos, como transferencias bancarias o cheques.

NO SE PODRÁ “PARTIR” UNA OPERACIÓN

Uno de los aspectos centrales de la reglamentación es que no se permitirá dividir artificialmente una misma operación en varios pagos para evitar los topes.

Para determinar si se superan los límites, se tendrán en cuenta todos los pagos correspondientes al mismo negocio, independientemente de la forma o cantidad de desembolsos realizados.

La disposición también alcanza determinados movimientos de dinero realizados dentro de sociedades comerciales, incluyendo aportes de capital, adelantos de fondos y pago de utilidades.

FUERTES MULTAS POR INCUMPLIR

El incumplimiento de las nuevas reglas puede tener un costo importante.

La sanción prevista será equivalente al 25% del monto pagado o cobrado mediante medios no permitidos, con una multa mínima de 1.000 UI.

En caso de reincidencia, el mínimo asciende a 10.000 UI.

La Dirección General Impositiva (DGI) será el organismo encargado de aplicar las sanciones, que podrán recaer tanto sobre quien realiza el pago como sobre quien recibe el dinero.

¿QUÉ OPERACIONES QUEDAN AFUERA?

La normativa contempla algunas excepciones.

Entre ellas se encuentran las operaciones realizadas con bancos y determinadas instituciones financieras reguladas por el Banco Central del Uruguay (BCU).

También quedan exceptuadas determinadas operaciones vinculadas a casinos, expropiaciones de inmuebles y viviendas otorgadas por el Ministerio de Vivienda dentro de sus programas.

Con esta reglamentación, el Gobierno establece un nuevo marco para las operaciones en efectivo, con límites que deberán ser tenidos en cuenta tanto por particulares como por empresas al momento de concretar negocios de montos elevados.